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A través de la publicación en el Boletín Oficial, el organismo estableció que los laboratorios titulares de registro de especialidades medicinales que contengan en su composición las sustancias Efedrina o Pseudoefedrina, "ya sea como materia prima o productos semielaborados o productos terminados", y las droguerías que las importen, deberán solicitar autorización ante el Departamento de Psicotrópicos y estupefacientes de esta Administración Nacional.
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